No he visto el texto completo del borrador de la Ley de Personal y escribo
por lo tanto sin perjuicio de ampliar el texto aquí contenido tras un estudio
detallado de la ley. Escribo sobre el contenido de la información del Gobierno
contenida en el archivo siguiente:
Y aunque sobre
el mismo podrían hacerse muchas consideraciones voy a centrarme en cinco puntos
que considero como muy negativos por suponer retrocesos o por no avanzar en la
equiparación de derechos civiles de los miembros del Cuerpo respecto a policías
autonómicas y locales y respecto a policías civiles estatales de países de
nuestro entorno geográfico y político, la Unión Europea.
- Seguiremos siendo la única policía civil de la Unión Europea
que tiene restringido el derecho de afiliación a sindicatos propios, no
pudiendo integrarse en sindicatos de trabajadores. Y seguiremos teniendo
prohibido ese derecho que sí tienen policías autonómicas y locales. ¿Por
qué tenemos reconocido el estar afiliados a partidos políticos y no a
sindicatos de clase y de funcionarios que no sean de policías? Reminiscencia
de la militarización que se mantiene en el nuevo borrador.
- Evaluación del desempeño como en el ejército y el resto de la
función pública. Si hay un colectivo donde no vale esto es en la Policía. Aquí
no tratas con instancias sino con personas; nadie puede exigirte (y ahora
se está haciendo) que identifiques a determinado número de personas o
detengas a determinado número de residentes ilegales (y se hace ya) porque
para hacerlo el policía se verá obligado a vulnerar derechos civiles de la
ciudadanía. En este país se producen cada año millones de identificaciones
ilegales para llenar estadísticas; no se respetan los derechos civiles de
la ciudadanía y si en Alemania vemos que para controlar disturbios en un
barrio la policía tiene que declarar un estado de emergencia (que no es
otra cosa que justificar las razones por las que se puede identificar a
cualquier persona en esa zona concreta, en ese barrio), en España se
decide montar controles en cualquier calle de cualquier ciudad e
identificar a cualquier ciudadano simplemente porque las estadísticas de
identificación estén bajas, despreciando sentencias del Tribunal Supremo y
el propio espíritu de la ley orgánica 1/92 de Protección de la Seguridad
Ciudadana. Además, eso supone dejar en manos del jefe inmediato tu
valoración para ocupar puestos de trabajo o ascender, con lo que en la práctica,
la disciplina ciega e irracional que imponía el Código Militar ahora lo
impondrá la evaluación del desempeño. No será un tribunal quien decida
sobre los ascensos y méritos de los aspirantes a ascensos sino los jefes
con sus valoraciones (aunque esto pasa ya ahora, y en los tribunales de
ascenso en la Policía hay las mismas prácticas corruptas que en toda la
administración y organizaciones del país, esto en vez de arreglar esa
situación lo empeora).
- El deber de residencia es un retroceso gravísimo porque
supone que en Ceuta, Melilla, Madrid, Valdepeñas o cualquier otra ciudad se
puede establecer la obligación de residir en la ciudad sede de la
comisaría, con razón o sin ella, simplemente por considerar necesario
tener una “ocupación del territorio” propia de los tiempos franquistas,
despreciando las actuales posibilidades de desplazamiento de los medios de comunicación. Y
puede ser una espada de Damocles en cuanto los sindicatos o algún
sindicato plantee un conflicto en un territorio concreto o en el conjunto de la Policía.
- El ingreso en el Cuerpo, en la escala de procedencia, de
miembros de CCAA y Locales es un paso más en la politización de la
Policía, que ya está bastante politizada. Hay mandos en ayuntamientos que
no ingresarían si tuvieran que superar la oposición ni en la escala
básica, pero han sido nombrados con puestos de trabajo del grupo A por
razones de afinidad política (de todos los partidos, PP, PSOE, IU, CiU,
PNV…) y esos, dependiendo del partido que gobierne o de las alianzas que
se establezcan tendrán acceso a la Policía cerrando el paso a quienes han
ingresado por la escala básica y han ascendido a Oficial, subinspector y
tienen conocimientos y experiencias para llegar a la escala ejecutiva.
- Nuevamente se olvidan de convalidar los procesos selectivos y estudios desarrollados en Ávila y en procesos de formación interna. Vale que se exija bachiller para ingreso a partir de la entrada en vigor de la ley, pero no es razonable exigir a quienes no lo tienen que se pongan a estudiar para poder ascender, cuando igual tienen una trayectoria profesional que los avala por sus conocimientos y experiencias. Mucha convalidación para altos estudios policiales pensando en la jerarquía, la cúpula, a quien va destinada esta ley que atenta contra los derechos de la mayoría del colectivo.
Y tiene
aspectos positivos que en ningún caso pueden servir de contrapeso a lo antes
expuesto, como el mantener la “jubilación a la carta”, conseguida por el SUP
con el gobierno anterior de Zapatero que permite a los policías decidir si
permanecen en Activo hasta los 65 años o pasan a segunda actividad sin destino
en la edad establecida. También es una mejora establecer la posibilidad de
ascenso a Oficial de policía por antigüedad selectiva, pero se aprovecha para
establecer al mismo tiempo el concurso oposición en el ascenso a comisario
principal, lo que supondrá un nuevo filtro político del partido que ocupe el
Gobierno para instalar en la cúpula a los mandos de su ideología.
Sevilla,
24 de noviembre de 2014.
José
Manuel Sánchez Fornet
Policía
de la escala básica